Se fugan las empresas, consecuencias inmediatas . Urbano- Consultores Asesoría
La decisión de muchas grandes empresas catalanas de trasladar su sede social fuera de Cataluña tendrá de momento un impacto fiscal «mínimo», más allá de la fuerte carga simbólica que supone dar este paso, según expertos en fiscalidad. Lo relevante de cara al contexto tributario es la ubicación de la sede fiscal. Si Cataluña se independiza y crea su propia Agencia Tributaria de Cataluña, las empresas que hayan trasladado su sede fiscal tributarían fuera la región tributarían para la Agencia española. | Fuga de empresas de Cataluña: Banco Sabadell, Gas Natural, CaixaBank, MRW, San Miguel…
El cambio de sede social de una empresa se tramita en el registro mercantil e implica que las cuentas de esa compañía deberán presentarse en el registro de la ciudad a la que se ha trasladado el domicilio social, así como que los anuncios oficiales, como los relacionados con las ampliaciones de capital, por ejemplo, se publicarán en el Boletín Oficial de la provincia.
«Lo lógico» es que si se traslada la sede social a otra ciudad, los consejos de administración y las juntas generales de accionistas también se hagan allí, aunque «no es obligatorio», apunta el socio de fiscal de un bufete internacional.
Un impacto limitado, por ahora
En términos de fiscalidad, no obstante, el impacto será mínimo aún cuando se traslade también el domicilio fiscal, dado que los principales impuestos que abonan las empresas (sociedades e IVA) son de carácter estatal, explica el gerente del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), Luis del Amo.
Sí tendría efecto sobre la arcas de Cataluña un eventual «movimiento de trabajadores», explica Del Amo, dado que la Hacienda catalana tiene cedido el 50 % del IRPF, por lo que la disminución de las plantillas en esta comunidad acarrearía una merma de los ingresos autonómicos.
Otra cosa sería que el Gobierno catalán declarara la independencia y pretendiera exigir a las entidades con domicilio fiscal en su territorio la presentación de impuestos a la Agencia Tributaria de Cataluña, lo que no afectaría a las que se hubieran llevado el domicilio fiscal fuera.
Un cambio de reglas
No obstante, con «las reglas del juego actuales» el único impacto fiscal de los cambios de sede por parte de empresas catalanas estará en la pérdida de recaudación de algunos impuestos autonómicos, si bien los expertos consultados también calculan que el efecto será mínimo.
El más importante gestionado por la Generalitat que afecta a las personas jurídicas (empresas) es el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados relacionados con operaciones societarias.
Sin embargo, el impuesto está exento para las ampliaciones de capital y solo se abona un 1% en el caso de reducciones de capital, una operación poco habitual en grandes corporaciones.
En el caso de la tributación local el cambio de sede tampoco será relevante, puesto que el impuesto de actividades económicas -que cobran los ayuntamientos- está ligado a la presencia física de la empresa en la ciudad.
Este es un impuesto que se calcula en función de parámetros como los establecimientos abiertos, el número de personas que trabajan en cada centro de trabajo o bien los metros cuadrados que ocupa, por lo que no habría variaciones en el plano fiscal si no se cierran las oficinas y se traslada al personal.
Los expertos consultados consideran que los cambios de sedes sociales anunciados estos días por las grandes compañías catalanas se justifican por la necesidad de estas empresas, especialmente las cotizadas, de transmitir «seguridad y estabilidad jurídica».
Se trata de dejar claro que su empresa «no se verá afectada por cambios geopolíticos», en referencia a la posibilidad de que el presidente catalán, Carles Puigdemont, pueda declarar unilateralmente la independencia de Cataluña.
En el caso de los bancos catalanes, el cambio de sede social se explica porque «no pueden permanecer ni un segundo fuera de la zona euro y bajo el paraguas del BCE y no quieren correr el riesgo de que en una eventual situación de inestabilidad del marco jurídico pueda haber dudas respecto a qué legislación se les tiene que aplicar», una situación similar a las de las compañías de seguros.
Otra motivación de algunas cotizadas para mover su sede social es la financiera, especialmente para aquellas que emiten bonos o deuda en mercados secundarios.